PRINCIPIO DNSH. APLICACIÓN A PROYECTOS DE REHABILITACIÓN
¿Qué es el principio DNSH?
El principio DNSH (Principio de no causar perjuicio significativo al medio ambiente) es una condición definida por la Comisión Europea para fondos de la UE, que obliga a realizar una autoevaluación que asegure que los proyectos que opten a los fondos de recuperación no afectan negativamente los objetivos medioambientales definidos en la Taxonomía Europea.
- La mitigación y adaptación al cambio climático.
- El uso sostenible y la protección de los recursos hídricos y marinos.
- La economía circular, incluidos la prevención y el reciclado de residuos.
- La prevención y control de la contaminación a la atmósfera, el agua o el suelo.
- La protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas.
Son actividades NO elegibles por DNSH aquellas que supongan la sustitución, uso o instalación de equipos térmicos que utilicen combustible de origen fósil.
Si quiere consultar la normativa y la obligatoriedad para los proyectos del:
¿Cómo cumplir con el DNSH?
La declaración responsable
Para el cumplimiento DNSH, (principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente), el MITMA ha elaborado el modelo de declaración responsable, una para cada tipología de actuación. Los Ayuntamientos disponen de esta declaración responsable.
El Modelo de declaración responsable del cumplimiento DNSH, para Componente 2: Plan de Rehabilitación de vivienda y regeneración urbana Inversión 5: Programa de Impulso a la rehabilitación de edificios públicos se puede descargar aquí
- Este modelo ya incluye el etiquetado climático y ambiental de cada tipología.
- Incluye un espacio para la justificación de la contribución o ausencia de daño o perjuicio significativo de cada actividad para cada uno de los 6 objetivos medioambientales.
- Se ha pre-rellenado con los criterios específicos de la normativa vigente en materia DNSH para cada tipología de actuación, según la “actividad económica” del reglamento de taxonomía.
- Se identifica la documentación que sea de aplicación para la actuación concreta: certificados.
Declaración responsable Ex-ante.
No en fase de solicitud, sino tras el momento de concesión de las ayudas y previa al inicio de las actuaciones.
Declaración responsable Ex-post.
En el plazo de 6 meses tras la finalización de la actividad se justificará el cumplimiento de lo declarado en la fase Ex-ante para el cumplimiento del principio DNSH y la contribución a los 6 objetivos.
¿Quién hace ese análisis?
Si fuera necesario, el art. 7 de la convocatoria indica que son subvencionables
Redacción de proyectos y demás trabajos necesarios para la realización de las obras, si están directamente ligados a las actuaciones y son necesarios para su preparación o desarrollo, siempre y cuando hubieran sido contemplados en el presupuesto.
Indicaciones, relativas al principio DNSH, para renovaciones energéticas de edificios
- Mitigación del cambio climático. Las renovaciones de edificios deben cumplir con la Directiva de Eficiencia Energética en Edificios (EPBD), evaluando las emisiones de gases de efecto invernadero, el uso de energías renovables y la eficiencia energética.
- Adaptación al cambio climático. La actuación debe contener una evaluación de riesgos climáticos y las «soluciones de adaptación» que se implementarán en las renovaciones para reducir los riesgos climáticos más importantes.
- Recursos hídricos y marinos. (Solo para nuevas construcciones).
- Economía circular. La actuación debe:
- Apoyar el objetivo europeo de garantizar que al menos el 70% de los residuos de construcción y demolición no peligrosos generados en el sitio de construcción, estén preparados para su reutilización, reciclaje y recuperación de otros materiales.
- Se limita la generación de residuos utilizando las mejores prácticas disponibles, y utilizando la demolición selectiva para permitir la eliminación y manipulación segura de sustancias peligrosas y facilitar la reutilización y el reciclaje de alta calidad.
- Los diseños de edificios y las técnicas de construcción apoyan la circularidad evaluando la capacidad de desmontaje o adaptabilidad de los edificios y la eficiencia en el uso de recursos para permitir la reutilización y reciclaje.
- Prevención y control de la contaminación. La actuación debe:
- Los componentes y materiales utilizados no se encuentran en la lista de sustancias peligrosas.
- Los componentes y materiales utilizados que pueden entrar en contacto con los ocupantes cumplen las condiciones estandarizadas y métodos comparables.
- Los componentes y materiales utilizados deberán cumplir con la limitación de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles (COV) ocasionadas por el uso de disolventes orgánicos en determinadas pinturas y barnices.
- Biodiversidad. La actuación debe:
- Señalar si las actividades de construcción se llevarán a cabo en o cerca de áreas sensibles para la biodiversidad.
- Señalar si las actividades pueden suponer un deterioro para el estado de conservación de hábitats y especies.
- Señalar si se llevará a cabo una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) o un cribado, de acuerdo con la Directiva EIA.
- Incluir el cumplimiento de la legislación nacional aplicable.
Ayudas y cumplimiento DNSH
Todas las actuaciones que se ejecuten dentro de los mecanismos abajo indicados deben cumplir el principio DNSH:
- NextGenerationEU (MRR)
- REACT EU
- Fondos ESI (FEDER, FSE+, Fondo de Cohesión)
- Programas nacionales/europeos con componente ambiental o transición energética
- Convocatorias ministeriales sectoriales (turismo, sostenibilidad, rehabilitación)
- Todas las ayudas que se enmarquen en planes del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)
FASES del flujo DNSH
STEP 1 Identificación
Identificación → Confirmar obligación DNSH en la convocatoria.
STEP 2 Análisis
Análisis → Evaluar impacto en los 6 objetivos ambientales.
STEP 3 Memoria DNSH
Memoria DNSH → Redactar documento técnico con medidas preventivas.
STEP 4 Declaración responsable
Declaración responsable → Presentar junto con la solicitud.
STEP 5 Validación externa
Validación externa (si aplica) → Entidad acreditada (ENAC).
STEP 6 Ejecución y seguimiento
Ejecución y seguimiento → Cumplimiento durante la obra.
STEP 7 Justificación final
Justificación final → Evidencias y declaración ex post.
Fuente: Reglamento (UE) 2021/241 (MRR), Reglamento (UE) 2020/852 (Taxonomía), Guía técnica DNSH CE 2021/C 58/01, RD 853/2021, ISO 20887.
Cumplimiento del DNSH por parte de los Ayuntamientos
Documentación justificativa a elaborar y recopilar
Preguntas: planayuntamientos@mitma.es; buzonprtr@mitma.es
Respuestas: https://www.mitma.gob.es/ministerio/proyectos-singulares/prtr/faqs
Más información:
Obligaciones Medioambientales de PRTR MITECO:
- Obligaciones medioambientales web MITECO.
- Guía para el diseño y desarrollo de actuaciones acordes al DNSH.